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Envía Congreso de Querétaro Dictamen de Ley de Identidad de Género al Ejecutivo Estatal

Katia Lemus

Finalmente, ayer, el Congreso de Querétaro envió al Ejecutivo Local el dictamen de la Ley de Identidad de Género para que sea publicada en el Diario Oficial “La Sombra de Arteaga”, confirmó Sinuhé Piedragil Ortiz, presidente de la Mesa Directiva del Congreso Local.
Precisó que, a partir de la entrega, se abre un plazo de 30 días para la publicación en el Periódico Oficial del Estado.

“El saque fue de aquí para allá (…) las dividí en dos bloques: el primer paquete, integrado por reformas federales que fueron alineadas con la legislación local, con el objetivo de que Querétaro no quede fuera de la discusión nacional y el segundo bloque, conformado por iniciativas de la agenda local, entre ellas la relativa a la ley de identidad, que ya fue recibida y se encuentra en proceso de publicación”.

Esto, luego de que el Pleno del Poder Legislativo aprobó en la sesión del 30 de abril la iniciativa de ley que adiciona diversos artículos al Código Civil del Estado de Querétaro, en relación con el derecho de toda persona al reconocimiento de su identidad de género auto percibida a través de un procedimiento administrativo ante el Registro Civil” y la “Iniciativa de Ley que reforma diversas disposiciones del Código Civil del Estado de Querétaro”.

Piedragil Ortiz recordó que en las últimas dos sesiones se concluyó la firma de acuerdos y reformas que serán remitidos al Ejecutivo estatal para su publicación oficial.“Se firmaron los documentos para que tanto las reformas federales como las iniciativas locales tengan certeza jurídica y puedan entrar en vigor con transparencia”.

El presidente del Congreso subrayó que con esta acción se da cumplimiento a los compromisos legislativos y se garantiza que las reformas y propuestas ciudadanas avancen en los tiempos establecidos.

La reforma a diversos artículos al Código Civil del Estado de Querétaro, establece un procedimiento administrativo que permita a las personas que lo soliciten, modificar su nombre y sexogénero en el acta de nacimiento, en cumplimiento con los estándares internacionales, tal como se ha implementado en otros estados de la República, bajo una atención integral que conlleve un proceso administrativo ágil, confidencial y accesible, eliminando la necesidad de dictámenes médicos, psicológicos o periciales, con pleno respeto al principio de autodeterminación respecto al género.

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