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Impulsan reforma con perspectiva de género en justicia cívica

Katia Lemus

Por unanimidad, los legisladores que integran la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso Local aprobaron la iniciativa que reforma la fracción VII del artículo 51 y adiciona un párrafo al diverso 133 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, en materia de justicia cívica administrativa con perspectiva de género.

Sobre la iniciativa, la diputada Adriana Meza Argaluza, autora de la iniciativa subrayó que “legislar con enfoque feminista no es ideología, es justicia”.

Señaló que las instituciones no son neutrales, pues históricamente han sido construidas desde una ideología patriarcal que reproduce estereotipos y prácticas discriminatorias. En ese contexto, advirtió que las mujeres enfrentan desigualdad estructural cada vez que son detenidas por una falta administrativa, comparecen ante una autoridad cívica o son sometidas a custodia.

Recordó que el artículo primero y cuarto de la Constitución, así como tratados internacionales como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la CEDAW, obligan al Estado a garantizar igualdad sustantiva. “Tratar igual a quienes viven desigualdad estructural no es justicia, es perpetuar la desigualdad”.

La propuesta, dijo, establece que policías municipales y jueces cívicos deberán actuar conforme a protocolos claros con perspectiva de género, evitando la minimización de casos y protegiendo la dignidad de las mujeres, ya sean víctimas u ofensoras. “No se pide trato preferencial, se pide trato justo”, enfatizó.

Refirió que la reforma no debilita la autoridad municipal, sino que la obliga a ejercer su poder con responsabilidad democrática.

“La justicia cívica es el primer rostro del Estado. Si ese primer contacto reproduce estereotipos o ignora condiciones estructurales, entonces el Estado está fallando”.

Destacó que más allá del marco normativo, esta reforma tiene un sentido político profundo, reconoce que el poder punitivo del Estado debe ejercerse sin reproducir violencia institucional.

“La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la violencia institucional como aquellos actos u omisiones de las y los servidores públicos que mediante estereotipos o prácticas discriminatorias obstaculizan el ejercicio del derecho”.

Enfatizó que esta reforma propone algo más sencillo, pero poderoso, que policías municipales y jueces cívicos estén obligados por ley a actuar con perspectiva de género conforme a protocolos claros, evitando la revictimización y protegiendo la dignidad e integridad de las mujeres, ya sean ofendidas o probables infractoras.

“No se pide trato preferencial, se pide trato justo. Votar a favor es votar por más y mejores elementos de cuidado, prevención y protección”.

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